1819
Sesión 140
6 de julio
La Diputación Permanente acordó conceder en propiedad al ciudadano Pedro Volastero mil fanegadas de tierra de cultivo en el sitio de Casacoima donde él las elija .Igualmente en propiedad el potrero contiguo a razón de un peso de diez reales por cada fanegada.
*Así mismo se le concedió al honorable señor Eusebio Afanador mil fanegadas de tierra de cultivo en las inmediaciones de Piacoa y uno de sus potreros para cría de ganado.
Sesión 140
6 de julio
La Diputación Permanente acordó conceder en propiedad al ciudadano Pedro Volastero mil fanegadas de tierra de cultivo en el sitio de Casacoima donde él las elija .Igualmente en propiedad el potrero contiguo a razón de un peso de diez reales por cada fanegada.
*Así mismo se le concedió al honorable señor Eusebio Afanador mil fanegadas de tierra de cultivo en las inmediaciones de Piacoa y uno de sus potreros para cría de ganado.